El tribunal remarcó que “estar alojado en un establecimiento penitenciario no implica un mayor riesgo para el imputado ya que, al momento actual, no hay circulación de virus intra-carcelario” de Covid-19.

La Cámara de Receso Judicial Extraordinario de la ciudad de Córdoba denegó, por unanimidad,  la prisión domiciliaria solicitada por René Alejandro “el Chancho” Sosa, al considerar que no aportó elementos de convicción que permitan deducir un riesgo inminente o grave para su salud.

Sin embargo, el cuerpo ordenó al Servicio Penitenciario de Córdoba que Sosa sea revisado periódicamente por los médicos de la entidad y que informen de inmediato al tribunal “si el estado de la pandemia actual varía y ello implica un agravamiento de las condiciones de detención del interno”.

En su presentación, la defensa del imputado había alegado, entre otras cosas, que Sosa pertenece al grupo de riesgo, puesto que tiene hipertensión arterial y obesidad mórbida, dolencias que le han provocado trastornos respiratorios.

Sin embargo, el tribunal –integrado por los camaristas Marcelo Jaime, Inés Lucero y Martín Bertone- señaló que a los fines de la procedencia de la prisión domiciliaria se debería acreditar “un grave riesgo actual para la salud del imputado René Alejandro Sosa, como así también que no se estuvieren desarrollando medidas para evitar dicho riesgo, extremos ambos que no se verifican en autos”.

“Los informes expresan que, para disminuir el riesgo de contagio del Covid-19, en el establecimiento donde se encuentra alojado Sosa, se han adoptado las medidas indicadas por el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba. En definitiva, los informes concluyen que al momento de la valoración, estar alojado en un establecimiento carcelario no impide al interno el adecuado tratamiento y el control de la evolución de sus patologías por lo que puede permanecer alojado en su lugar de detención. Siendo conveniente resaltar que además de todo ello, aun no hay información oficial sobre circulación de Covid-19 en el ámbito carcelario”, agrega la resolución.

La Cámara de Receso concluyó que, en el caso concreto, “queda claro que el sólo hecho de estar alojado en un establecimiento penitenciario no implica un mayor riesgo para el imputado Sosa ya que, al momento actual, no hay circulación de virus intra-carcelario y allí se encuentra cumpliendo el ‘aislamiento obligatorio’ dispuesto por el Presidente de la Nación a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260”.